Con efectos desde el 29 de junio de 2025, entra en vigor la Ley Orgánica 3/2025, de 27 de junio, que introduce una importante modificación en la regulación del derecho de asociación en España. Esta norma reforma la Ley Orgánica 1/2002 con el objeto de incorporar una nueva causa de disolución judicial de asociaciones: la apología del franquismo.
La nueva disposición responde al mandato establecido en la disposición adicional séptima de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, conocida como Ley de Memoria Democrática, que contemplaba un plazo de un año para la modificación del régimen jurídico de disolución de asociaciones.
Se incorpora una disposición adicional quinta a la Ley Orgánica 1/2002, en la que se detalla lo siguiente:
Es relevante tener en cuenta dos aspectos clave para la aplicación de esta reforma:
Finalmente, para garantizar el carácter orgánico de esta nueva disposición, se modifica también el apartado 1 de la disposición final primera de la Ley Orgánica 1/2002, dotando de rango de ley orgánica a la nueva disposición adicional quinta.
La LO 3/2025 representa un nuevo paso en la consolidación del marco jurídico para la protección de la memoria democrática y la garantía de los derechos fundamentales, limitando jurídicamente la existencia de asociaciones cuya actividad conlleve una exaltación del franquismo con consecuencias lesivas para las víctimas o la convivencia democrática.
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